Todas las subidas de impuestos que llegan este año

El año ha llegado con muchos cambios fiscales bajo el brazo. Unos cambios que van a tener un impacto muy amplio y con el que el Gobierno espera recaudar más de 3.000 millones de euros.

Como recuerda el despacho de abogados Sanahuja Miranda, las novedades legislativas y la entrada en vigor de los Presupuestos Generales del Estado de 2022 afectan a tributos como el IRPF, el Impuesto de Sociedades, el Impuesto de Matriculación, el ITP, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD), así como a las cuotas de los autónomos y a los planes de pensiones. No obstante, el despacho insiste en que las empresas serán las más perjudicadas.

Repasamos las claves impositivas de este año:

Impuesto de Sociedades

El despacho afirma que las empresas van a cargar con el 70% de las subidas impositivas, ya que a través de ellas el Estado logrará un aumento de la recaudación de más de 2.200 millones de euros.

¿Cómo? A través de la puesta en marcha de un tipo mínimo del 15% sobre la base imponible positiva del Impuesto de Sociedades, que se aplica sobre el beneficio de las empresas, siempre que cuenten con una facturación superior a los 20 millones de euros o que constituyan un grupo consolidado”. No obstante, el impacto afectará principalmente a las empresas ya en 2023, cuando se lleve a cabo la liquidación del impuesto, y no en los pagos fraccionados.

Como explica Xavier López Villaécija, director del Área Fiscal del despacho Sanahuja Miranda Abogados, “el tipo nominal está fijado en el 25% desde el año 2016”, pero ahora, con la modificación, “ninguna gran empresa podrá tributar de forma efectiva por debajo del 15% fijado, salvo excepciones de casos muy específicos”.

IRPF

En el caso del IRPF, en 2022 solo se verán afectados por la subida impositiva aquellos tramos más altos de rentas de trabajo y capital, que representan el 0,17% del total de contribuyentes (36.000). Estas rentas, superiores a 300.000 euros, aumentarán hasta el 47%, mientras que la de capital y ahorro de más de 200.000 euros lo harán al 26%.

Planes de pensiones

Los PGE para 2022 también incluyen una reducción de 500 euros en la aportación individual máxima de los planes de pensiones privados con derecho a deducción en el IRPF, que dejará de situarse en los 2.000 euros anuales para rebajarse hasta los 1.500 euros. En cambio, las aportaciones máximas en los planes de empresa con derecho a deducción aumentarán 500 euros, pasando de 8.000 euros a 8.500 euros.

Autónomos

En el caso de los autónomos, tanto su base mínima como su base máxima de cotización subirán un 1,7% en 2022: la mínima pasará de 944,40 euros a 960,60, euros mientras que la máxima pasará de ser 4.070,10 euros a 4.139,40 euros.

“Las cuotas que los autónomos pagan a la Seguridad Social experimentarán un incremento de entre 5 y 21 euros al mes en función de su base de cotización. Por su parte, el tipo de cotización ascenderá del 30,3% al 30,6%, lo que se traduce en un aumento de casi 60 euros al mes en la cuota mínima del colectivo para 2022 (293,94 €/mes)”, aclara el experto.

Impuesto de Matriculación

Otra medida que impactará en el pago de impuestos es el fin de la moratoria aprobada por el Congreso de los Diputados sobre el Procedimiento Mundial Armonizado para Ensayos de Vehículos Ligeros (WTLP, por sus siglas en inglés), y que afecta al Impuesto de Matriculación.

López Villaécija exploca que “este impuesto está ligado a las emisiones de dióxido de carbono emitidas por los automóviles en España. Hasta ahora, solo estaban obligados a pagar el impuesto aquellos coches que emitieran más de 144 gramos de CO2 por kilómetro recorrido; a partir de 2022, el tope se reducirá hasta los 120 g/km de CO2. A su vez, el tramo más alto de gravamen para el impuesto (14,75%) también bajará, pasando de los 240 g/km de CO2 actuales a 200 gramos de CO2 por kilómetro recorrido”.

Valoración de referencia de Catastro

El pasado 1 de enero entró en vigor el nuevo valor de referencia de Catastro, que introduce cambios en la forma de calcular la base imponible de los impuestos sobre el Patrimonio, Sucesiones y Donaciones (ISD) y Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP). Es decir, afecta tanto a la compraventa como a la herencia o donación de inmuebles. 

“A partir de ahora, la base imponible de estos tributos se calculará a través del valor de referencia del Catastro y no del valor del inmueble determinado en la operación de compraventa, salvo que este último fuera superior. Esta medida previsiblemente supondrá un aumento en la recaudación de las comunidades autónomas en la medida en que el valor de referencia se asimilará, aunque se aplique un factor de minoración del 0,90, a un valor de mercado real”, concluye López Villaécija.

[Fuente: Idealista]

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